Conclusiones de la décima sesión del Tratado vinculante de la ONU – CIDSE

Conclusiones de la décima sesión del Tratado vinculante de la ONU


11ª SESIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO INTERGUBERNAMENTAL DE COMPOSICIÓN ABIERTA SOBRE LAS EMPRESAS TRANSNACIONALES Y OTRAS EMPRESAS COMERCIALES EN RELACIÓN CON LOS DERECHOS HUMANOS
CONCLUSIONES DE CIDSE Y SUS ORGANIZACIONES MIEMBROS


1. INFORMACIÓN GENERAL

La undécima sesión del OEIGWG, mandatada por la resolución 26/9 del Consejo de Derechos Humanos, significó un avance cualitativo y político significativo en el esfuerzo de una década por establecer un instrumento jurídicamente vinculante relativo a las empresas transnacionales y otras empresas comerciales (ETN y EEC).

 Según el informe A/HRC/61/XX, participaron un total de 63 Estados, incluidos actores nuevos o renovados, lo que refleja una creciente apropiación mundial del proceso.

Bajo el liderazgo del Presidente-Relator Marcelo Vázquez Bermúdez, esta iniciativa ha avanzado en los últimos dos años mediante una metodología participativa que incluye consultas temáticas intersesionales y negociaciones lideradas por los Estados. Además, el Presidente presentó un informe con propuestas de redacción para algunas disposiciones de los Artículos debatidas durante la décima sesión y las consultas temáticas intersesionales, donde se logró convergencia. Si bien este informe no reemplaza el borrador actualizado, demuestra la voluntad del Presidente de avanzar en las negociaciones de forma más eficiente. Durante la undécima sesión, los Estados completaron la revisión de todo el borrador actualizado. 

Tras más de una década de trabajo, el proceso ha llegado a una fase decisiva. Debemos traducir este impulso en resultados duraderos."

Embajador Marcelo Vázquez Bermúdez, Presidente-Relator.

2. DINÁMICA REGIONAL Y POLÍTICA

El th La sesión contó con una mayor participación de los Estados árabes, que instaron a la armonización con los compromisos internacionales existentes cuando Disposiciones sobre comercio e inversión donde se discutieron (artículo 14),

Por otro lado, México, Uruguay, Colombia y Palestina siguen impulsando propuestas progresistas acordes con las demandas de la sociedad civil. Por ejemplo, México apoyó la reintroducción del artículo 14.5 bis, confirmando así la Constitución de los Estados Unidos. primacía de las obligaciones en materia de derechos humanos sobre los acuerdos comerciales y de inversión, una reforma avalada por el análisis jurídico de CIDSE.

Como lo han instado la sociedad civil y los movimientos sociales a lo largo de los años, muchas delegaciones enfatizaron la necesidad de que el instrumento se base en los derechos humanos y adopte un enfoque centrado en las víctimas. Otros Estados abogaron por una ILV realista y viable, con el objetivo de evitar cargas desproporcionadas para los países en desarrollo, garantizando al mismo tiempo la rendición de cuentas y el acceso a recursos. 

 La Unión Europea, como ha sido habitual en años anteriores, asistió a la 11.ª sesión y presentó comentarios y recomendaciones sobre casi todas las disposiciones del borrador actualizado (12-24). Esto también incluyó la participación en el debate interactivo sobre las propuestas de redacción del Presidente relativas a ciertas disposiciones de la 4 a la 11. En su declaración general, destacaron las modificaciones en curso de la CDSDDD de la UE en el marco del Ómnibus I y, como en años anteriores, manifestaron la ausencia de un mandato de negociación formal.

3. DELEGACIÓN DE LA CIDSE EN EL 11º PERÍODO DE SESIONES

 Este año, la delegación de CIDSE estuvo compuesta por los miembros Trócaire, Broederlijk Delen, Fastenaktion y DKA Austria, así como por los socios COPAE, el Parlamento Xinka y el Consejo de Pueblos Mayas de Guatemala, junto con la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad Federal de Minas Gerais (Brasil). La delegación de CIDSE contribuyó activamente mediante declaraciones conjuntas y recomendaciones específicas para cada artículo.

Los socios de CIDSE de Guatemala, COPAE, el Parlamento Xinka y el Consejo de Pueblos Mayas, presentaron intervenciones convincentes en una declaración de apertura, en los artículos 8 y 14, destacando las experiencias vividas de las comunidades afectadas por los abusos corporativos.

4. AVANCES DE LA NEGOCIACIÓN Y RESULTADOS SUSTANTIVOS

La sesión revisó los artículos 12 a 24 y debatió 13 propuestas de redacción presentadas por la Presidencia (artículos 4 a 11). Según el informe A/HRC/61/XX, algunas de las áreas clave de convergencia y controversia incluyeron:

6 (Prevención)Obligaciones de prevención sólidasReferencia explícita a la protección del medio ambiente, y algunos piden que se añadan dichas referencias en todo el instrumento.
7 (Acceso a los recursos)Eliminando barreras para las víctimas.Eliminación de calificadores relacionados con el derecho interno
8 (Responsabilidad legal)Responsabilidad de las personas físicas y jurídicas.Amplio apoyo para Artículo 8.6a, introduciendo una responsabilidad solidaria para las empresas matrices en todas las cadenas de valor globales.
9 (Jurisdicción)Prevenir la denegación de justicia.Consenso emergente sobre foro necessitatis (Artículo 9.4 bis) permitiendo la jurisdicción cuando las víctimas de otro modo carecen de acceso a los tribunales.
10–11 (Plazos de prescripción y legislación aplicable)Alineación con el derecho internacional y estándares favorables a las víctimas.Pide plazos de prescripción más largos y la aplicación de la ley más favorable a las víctimas.

CIDSE valora especialmente los esfuerzos realizados por la Presidencia para incorporar nuestras solicitudes ya recogidas en el informe. En concreto, esto incluye el fortalecimiento de las disposiciones del artículo 6.2 mediante la integración del concepto de consentimiento libre, previo e informado; la sustitución del término «reducir» por «eliminar» en el artículo 7.2(b); y la solicitud de supresión del término «progresivamente». Asimismo, CIDSE cuestionó la lista de delitos enumerados en el artículo 10.1 para garantizar que la disposición siga siendo lo más inclusiva posible, tal como se refleja adecuadamente en el informe. Igualmente, las modificaciones al artículo 11 buscan asegurar que las víctimas puedan acogerse a la legislación más favorable a su caso.

Otros puntos importantes planteados durante el debate sobre los artículos 12 a 24 incluyeron la reiterada oposición de los Estados del Golfo a cualquier referencia a la orientación sexual y la identidad de género (OSIG), así como el esfuerzo concertado de varias delegaciones por impugnar las disposiciones sobre la captura corporativa contempladas en el artículo 16(6). Estas intervenciones reflejaron tensiones más amplias en las negociaciones, poniendo de relieve tanto la persistente resistencia al lenguaje relacionado con la OSIG como el creciente escrutinio de los mecanismos destinados a abordar la influencia corporativa en los procesos de derechos humanos.

5. RECOMENDACIONES DEL PRESIDENTE Y LA HOJA DE RUTA PARA 2026

Conclusiones del Presidente-Relator, adoptadas ad referéndum, estableció una siguiente fase clara:

  • Los Estados y las partes interesadas deberán presentar contribuciones escritas sobre los artículos 4 a 11 antes del 1 de febrero de 2026.
  • Hoja de ruta de 2026 para implementar la Decisión 56/116 del Consejo de Derechos Humanos, incluidas tres consultas temáticas entre períodos de sesiones y preparativos para el 12º período de sesiones (19 a 23 de octubre de 2026).
  • Fortalecimiento del uso de los Amigos de la Presidencia y de expertos jurídicos para profundizar la convergencia y la inclusión.
  • Se seguirá haciendo hincapié en un proceso de negociación dirigido por el Estado pero inclusivo, con la participación activa de la sociedad civil y las comunidades afectadas.

6. NOTA FINAL

La 11.ª sesión reafirmó que el progreso, aunque gradual, es real. El proceso ahora requiere valentía política sostenida, alianzas interregionales y la vigilancia de la sociedad civil para lograr un tratado que transforme el compromiso moral en responsabilidad jurídica.

Las negociaciones ya llevan doce años en vigor, y deseamos ver el día en que se adopte un instrumento ambicioso. Las personas y comunidades afectadas, en particular los trabajadores, los niños, las mujeres, los defensores de los derechos humanos y ambientales, los campesinos y otras personas que trabajan en zonas rurales, los pueblos indígenas, las personas afectadas por conflictos armados y la ocupación, así como el medio ambiente, necesitan urgentemente un instrumento eficaz para frenar la impunidad corporativa. [ 1 ]


[ 1 ] Declaración conjunta de clausura de la Alianza por el Tratado, la Campaña Global, Feministas por un Tratado Vinculante y ESCR-Net (*Declaración conjunta presentada por la coalición más amplia de redes de la sociedad civil y movimientos sociales comprometidos con un tratado vinculante fuerte).


Información Adicional:


Contacto: Susana Hernández Torres, Responsable de Regulación Corporativa, CIDSE (hernandez(at)cidse.org)


Imagen de portada: Delegación de CIDSE en el OEIGWG de la ONU 11º período de sesiones, Ginebra, 2025.
Crédito: CIDSE.


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